Términos y condiciones (Español)

El documento de la propuesta, junto con los Términos y condiciones principales del servicio de Imprima y los siguientes términos, forman el acuerdo que se aplicará al trabajo realizado en virtud de este contrato celebrado entre el Proveedor de Servicios y el Cliente. En consecuencia, los siguientes términos deben entenderse como parte de dicho acuerdo. Todos los términos definidos tendrán el significado que se les da en los Términos y condiciones principales del servicio de Imprima, a menos que el contexto requiera lo contrario.

  1. FACTURACIÓN
    1. La tarifa de la página base y cualquier servicio fuera del alcance, las horas extraordinarias o las tarifas de trabajo en fin de semana correspondientes se facturarán en el momento de abrir la VDR o el espacio de trabajo de ALM, según corresponda (o 14 días después de la creación de la VDR o el espacio de trabajo de ALM, si es antes).
    2. Cualquier tarifa de página incremental y los cargos adicionales después de esta fecha se facturarán mensualmente o al cierre de la VDR o el espacio de trabajo de ALM, según corresponda, o al vencimiento del Período.
    3. Cualquier coste de desplazamiento en que incurra el Proveedor de Servicios, aparte de aquellos en los que se incurra en relación con los requisitos ordinarios de los Servicios, está sujeto al consentimiento previo por escrito del Cliente.
    4. Todas las tarifas de escaneo estándar presupuestadas se basan en la recepción de documentos originales de alta calidad, preparados de acuerdo con nuestras instrucciones de entrega de documentos en nuestras instalaciones de Londres, a menos que se indique lo contrario.
    5. Cualquier precio basado en el tamaño de los archivos está relacionado con el tamaño de los archivos que se nos proporcionan, antes de cualquier compresión u optimización por parte del personal de producción para mejorar la experiencia del usuario.
    6. Los archivos sin formato de página incluyen, entre otros: Microsoft Word (.doc, .docx), libro habilitado para macros (.xlsm), hoja de cálculo de Microsoft Excel 2007 (.xlsx), hoja de cálculo de Microsoft Excel (.xls), MPG (.mpg), Flash (.swf), película Apple QuickTime (.mov), MP3 (.mp3), MS Access (.mdb), archivo de audio y vídeo intercalado (.avi), MPEG (.mpeg) y formato de archivo de audio Waveform (.wav).
    7. “Horas extras de fin de semana” incluye, entre otros, servicios de escaneo y servicios fuera del alcance. Se aplica una prima adicional del 50 % a las horas extra estándar de fin de semana para festivos públicos o nacionales.
    8. Los calendarios se acuerdan durante la reunión de lanzamiento y, si se requieren recursos adicionales para lograr calendarios acelerados, esto se discutirá antes de incurrir en costes adicionales.
    9. El tiempo de respuesta estándar en horario de oficina a las solicitudes por correo electrónico es de dos horas; el tiempo de respuesta en fines de semana y festivos es de cuatro horas. En la práctica, nos esforzamos por mejorarlo.
  2. AUMENTOS DE TARIFAS
    1. El Proveedor de Servicios puede aumentar las tarifas definidas en el documento de propuesta cada año de acuerdo con el índice Syntec. El índice Syntec base, que el Cliente reconoce como índice base en la fecha de firma de este Acuerdo, y los índices de variación seleccionados son los publicados en la fecha de aniversario de la fecha de entrada en vigor. En caso de desaparición o invalidez del índice Syntec, y si se publica un nuevo índice que lo reemplace, las tarifas que figuran en el Anexo estarán indexadas de pleno derecho a este nuevo índice y la transición del antiguo índice al nuevo índice se realizará aplicando el coeficiente correspondiente. Si no se publica un índice que lo reemplace, las partes acordarán amistosamente el uso de otro índice equivalente. El coste de este trámite correrá a cargo de ambas partes a partes iguales. La ausencia de un índice de referencia o la demora en la publicación puede autorizar al Cliente a posponer el pago de los Servicios. El Proveedor de Servicios comunicará al Cliente con antelación razonable dichos aumentos de tarifas y cualquier aumento de tarifas formará parte del Acuerdo.
    2. El Cliente pagará el impuesto sobre el valor añadido y todos los demás impuestos sobre los importes pagaderos en virtud del Acuerdo. El Cliente pagará dichos impuestos además de las sumas adeudadas en virtud del Acuerdo.
    3. El Cliente deberá pagar penalizaciones por demora al Proveedor de Servicios por cualquier demora en el pago o parte del pago parcial a un tipo de 3 veces el tipo de interés legal hasta la fecha del pago real (ya sea antes o después de una decisión judicial). Esta disposición se aplicará sin necesidad de las formalidades de recordatorios o advertencias. Además de estas penalizaciones por demora, el Cliente también deberá automáticamente al Proveedor de Servicios una compensación fija de 40 € como costes de cobro de acuerdo con los artículos L.441-6 y D.441-5 párrafo 12 del Código de Comercio francés.
  3. RESCISIÓN
    1. Sin perjuicio de las disposiciones relativas a la rescisión o la extinción del Acuerdo establecidas en los Términos y condiciones principales del servicio de Imprima, cualquiera de las partes puede rescindir el Acuerdo inmediatamente mediante notificación por escrito:
      1. si la otra Parte incumple de forma sustancial o persistente el Acuerdo y, en caso de un incumplimiento sustancial susceptible de reparación, no resuelve el incumplimiento dentro de los siete (7) días posteriores a la notificación de dicho incumplimiento;
      2. si la otra Parte se declara insolvente o se nombra un síndico, examinador o administrador sobre cualquier parte de los activos de la otra Parte o si dicha otra Parte es dada de baja del Registro Mercantil (o registro similar) o se emite una orden o se aprueba una resolución de liquidación de dicha otra Parte (a menos que dicha orden o resolución sea parte de un plan voluntario para la reconstrucción o fusión como una persona jurídica solvente y la persona jurídica resultante permanezca obligada en virtud del Acuerdo).
    2. Las cláusulas 3.2, 4, 6.2, 6.3, 6.5, 6.7 y 6.9 se mantendrán vigentes tras la rescisión de este Acuerdo.
  4. PROPIEDAD INTELECTUAL Y DEVOLUCIÓN DE DATOS
    1. Toda la propiedad intelectual existente en la VDR o el espacio de trabajo de ALM o relacionada con ellos, según corresponda (incluidos el software, los métodos y el conocimiento asociados, pero excluyendo el contenido de los documentos de cualquier Cliente o Persona Designada), seguirá siendo propiedad del Proveedor de Servicios o, cuando corresponda, de sus licenciatarios.
    2. Tras la rescisión del Acuerdo, el Proveedor de Servicios devolverá o destruirá todos los documentos recibidos del Cliente o sus Personas Designadas, a criterio del Cliente. El Proveedor de Servicios puede retener documentos, registros o datos en la medida necesaria para cumplir con sus obligaciones legales o defender sus derechos legales.
  5. ANTISOBORNO
    1. En relación con los Servicios descritos en el Acuerdo y cualquier asunto relacionado directa o indirectamente con el Acuerdo, lo que incluye, entre otros, la negociación del Acuerdo y el cumplimiento de las obligaciones en virtud del presente, ambas Partes declaran, garantizan y acuerdan que:
      1. no han infringido y se comprometen a no infringir ninguna ley y normativa anticorrupción y antisoborno aplicable, incluidas, entre otras, la ley francesa N2000-595 del 30 de junio de 2000, la ley N2007-1598 del 13 de noviembre de 2007, la ley N2011-525 del 17 de mayo de 2011 y la Decisión Marco 2003/568/JAI de 22 del 13 de julio de 2003 de la Unión Europea y otra legislación análoga en otras jurisdicciones; y
      2. no han hecho y se comprometen a no hacer pagos o transferencias de valor, ofertas, promesas o entrega de cualquier ventaja financiera o de otro tipo, o solicitudes, acuerdos para recibir o aceptaciones de cualquier ventaja financiera o de otro tipo, ya sea directa o indirectamente, que tengan el propósito o efecto de soborno público o comercial o la aceptación o el consentimiento de cualquier soborno, extorsión, pago de facilitación u otros medios ilegales o indebidos de obtener o retener negocios, ventajas comerciales o el rendimiento indebido de cualquier función o actividad.
  6. DISPOSICIONES GENERALES
    1. Cualquier disputa entre las Partes que surja del Acuerdo o en relación con él será notificada en primera instancia por escrito a los representantes autorizados de cada Parte. En caso de que dichos representantes autorizados no puedan llegar a un acuerdo amistoso al mes de recibir la notificación por escrito de la disputa, esta se resolverá mediante una mediación realizada por una persona o una organización designada mutuamente por las Partes. En caso de que el mediador designado no pueda llegar a un acuerdo amistoso, o las Partes no puedan ponerse de acuerdo sobre un mediador en los dos meses posteriores a la notificación por escrito de la disputa, las Partes pueden iniciar acciones legales a través de los tribunales.
    2. Nada en el Acuerdo creará, o se considerará que crea, una sociedad o empresa conjunta ni establecerá una relación de agencia entre las Partes.
    3. Cada Parte reconoce y acepta que, cuando la otra Parte lo solicite, realizará o se encargará de que se realicen actos y/u otorgará o se encargará de que se otorguen aquellos documentos que sean necesarios para dar pleno efecto al Acuerdo.
    4. No se considerará que ninguna de las Partes infringe el Acuerdo debido a cualquier retraso en el cumplimiento o cualquier incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Acuerdo, si el retraso o el incumplimiento se debe a cualquier causa fuera de su control razonable.
    5. En el caso de que alguna disposición del Acuerdo sea considerada nula o inaplicable por cualquier tribunal o en virtud de cualquier legislación, tal disposición será nula o inaplicable solo en esa medida, y la validez y la aplicabilidad de las otras disposiciones del Acuerdo no se verán afectadas.
    6. Ninguna enmienda o variación del Acuerdo será efectiva a menos que se formule por escrito y esté firmada por representantes debidamente autorizados de ambas Partes.
    7. Ninguna demora o indulgencia en la aplicación de cualquier disposición del Acuerdo constituirá o se considerará que constituye una renuncia a ningún derecho de una Parte en virtud del Acuerdo y no perjudicará en modo alguno ningún derecho de una Parte en virtud del Acuerdo.
    8. Las notificaciones se realizarán por escrito y podrán enviarse por correo postal, correo electrónico con confirmación de entrega o fax con confirmación de entrega a la dirección de la Parte indicada anteriormente y se considerará que han llegado, si se envían por correo postal, en el plazo de los tres días posteriores al envío y, si se envían por correo electrónico o fax, en el momento de la transmisión.
    9. No está previsto que ningún término del Acuerdo sea exigible por ninguna persona que no sea Parte del Acuerdo.